El inmueble ha sido adquirido a traves de un procedimiento judicial (concursal o hipotecario) por el vendedor, el cual no ha tomado todavia posesion del mismo. El Inmueble se transmite sin conocerse por parte del Vendedor el estado de conservacion actual, ni su situacion ocupacional, arrendaticia, de servicios y de suministros. El Inmueble se transmitira: (i) como cuerpo cierto y a tanto alzado (ii) como un todo, inseparable (iii) en el estado registral y catastral en el que se encuentre (iv) en el estado fisico, calidades, juridico, urbanistico, administrativo, de licencias, de proteccion, de conservacion y limpieza en el que se encuentre (v) al corriente de gastos e impuestos que por Ley corresponda al Vendedor y (vi) sin dotacion de servicios y suministros.